Un programa de ayudas que pretende facilitar la implementación de las medidas de ahorro y Eficiencia Energética que resulten propuestas por las auditorias energéticas de las instalaciones industriales, con el fin de reducir el consumo de energía final.
El pasado 13 de abril, se publicó en el BOE el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de Ayudas para actuaciones de Eficiencia Energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
Las ayudas de este Programa, provenientes del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, serán gestionadas por cada Comunidad Autónoma y las ciudades de Ceuta y Melilla. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), será el encargado de coordinar y realizar el seguimiento de éste programa.
Las bases del programa de ayudas, determinan un presupuesto total de 307.644.906 euros, Además las ayudas reguladas por estas bases serán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020, pudiendo ser cofinanciadas con fondos FEDER dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020.
Beneficiarios directos y últimos de las ayudas
Los beneficiarios directos son las Comunidades Autónomas las ciudades de Ceuta y Melilla, que serán los encargados de abrir conovocatoria y destinar el importe de las ayudas a los destinatarios finales.
Los destinatarios últimos de las ayudas, son:
a. Empresas que tengan consideración de Pyme o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los siguientes:
07. Extracción de minerales metálicos.
08. Otras industrias extractivas.
09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.
10. Industria de la alimentación.
11. Fabricación de bebidas.
13. Industria textil.
14. Confección de prendas de vestir.
15. Industria del cuero y del calzado.
16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
17. Industria del papel.
18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
19. Coquerías y refino de petróleo.
20. Industria química.
21. Fabricación de productos farmacéuticos.
22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.
23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
27. Fabricación de material y equipo eléctrico.
28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.
30. Fabricación de otro material de transporte.
31. Fabricación de muebles.
32. Otras industrias manufactureras.
33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.
35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
36. Captación, depuración y distribución de agua.
37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.
38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
39. Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos
b. Las empresas de servicios Energéticos, que actúen en función de un contrato de Servicios Energético con alguna de las empresas que se ha indicado en el apartado anterior.
¿Qué actuaciones son elegibles?
Para poder acogerse al programa, las actuaciones deben de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética.
Por tanto, las actuaciones deben de encuadrarse dentro de estas tipologías:
- Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
- Implantación de sistemas de Gestión.
Las Ayudas se concederán de forma directa por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Las ayudas serán aprobadas por estricto orden de petición, hasta que se agote el presupuesto o llegue el 31 de diciembre de 2020.
En el siguiente enlace se puede descargar la información sobre la ayuda. AYUDA PYMES
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