Auditorías energéticas obligatorias.Finalmente ha llegado. La publicación definitiva es muy similar al último borrador al que se tuvo acceso en lo que se refiere a Auditorías Energéticas. En esencia, dicho RD obliga a las grandes empresas a estar en posesión de una auditoría energética o documento técnico similar que mejore y desarrolle el control que las mismas tienen sobre sus consumos.
Real Decreto 56/26 Real Decreto 56/26 Real Decreto 56/26 Real Decreto 56/26
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AUDITORÍAS ENERGÉTICAS OBLIGATORIAS EN GRANDES EMPRESAS
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AUDITORÍAS ENERGÉTICAS OBLIGATORIAS EN GRANDES EMPRESAS
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Aspectos clave
Los puntos más destacables de la normativa son:
- El RD obliga a todas las grandes empresas a realizar una Auditoría Energética en sus inmuebles en un plazo de 9 meses desde su publicación en el BOE. Por fin se ha tomado en serio el ahorro energético, al menos con las empresas que más consumo representa de nuestro país.
- Una gran empresa es aquella que tiene 250 trabajadores o, además, su facturación sobrepasa los 50 millones de euros anuales. Ésta es una definición objetiva realiza por el estado, por lo que por ahora se quedan fuera otras muchas “grandes empresas” como el bar donde desayunamos, o la peluquería que frecuentamos.
- Los grupos empresariales computan juntos para la valoración descrita en el apartado anterior. Hola Grupo PRISA, para más información nuestro contacto es info@letteringenieros.es.
- Podrán auditar edificios aquellas personas sin pasar un “examen” de conocimientos mínimos. Esto era algo muydemandado por el sector . Como no iba a ser menos, en este RD también está presenta la eterna dicotomía que persigue las regulaciones energéticas en este país: profesionalización vs. precios competitivos, ¿todavía no sabemos que lo barato sale caro?
- Se creará un registro análogo al que actualmente existe para los certificados de eficiencia energética en el cuál será obligatorio inscribir la documentación elaborada.
- Los Sistemas de Gestión de Energía (SGEn) tales como la norma ISO 50001 son aceptados para el cumplimiento del RD. Dada la cantidad de contenido que tienen, os invitamos a volver próximamente a nuestra web para informaros y debatir sobre las ventajas e inconvenientes de una Auditoría Energética y un SGEn.
- Finalmente, un certificado energético junto con sus correspondientes MAEs no podrá sustituir completamente a la Auditoría Energética. El problema radica en que el ámbito de aplicación de los certificados energéticos no son todos los consumos que se dan en una determinada empresa, sino aquellos referentes a la climatización, ACS e iluminación. Quedarían flujos energéticos por auditar.